Ingreso Regular

El Nuevo Sistema de Acceso, administrado por la Subsecretaría de Educación Superior del Ministerio de Educación, opera a través de una Plataforma Electrónica Única (acceso.mineduc.cl), que dispone de información actualizada relacionada con: el acceso a las instituciones de educación superior; la oferta académica y vacantes; los procesos de admisión; los mecanismos y factores de selección, si corresponden; los programas especiales de acceso; y los plazos de postulación, entre otros aspectos relevantes.

Esta plataforma está integrada por el Ministerio de Educación, el Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional de la Universidad de Chile (DEMRE), la Comisión Nacional de Acreditación  y la Superintendencia de Educación Superior (www.sesuperior.cl).

Requisitos Generales de Postulación:

1.- Rendición de la Prueba de Acceso a la Educación Superior (PAES).
2.- Rendir la prueba PAES Competencia Matemática 2 para postular a las carreras de la Facultad de Ingeniería, Ingeniería Informática Empresarial y Pedagogía en Educación Media en Matemática y Física.
3.- Puntaje Promedio Mínimo para postulación: 485 puntos.
4.- La Universidad de Talca permite un máximo de veinte (20) postulaciones a sus carreras.
5.- En el caso que el postulante opte por una carrera de Pedagogía además de los requisitos anteriores debe cumplir los exigidos en la Ley 20.903 Aquí.

Pruebas Especiales: Los postulantes a la Carrera de Licenciatura en Interpretación y Formación Musical Especializada deberán rendir una prueba especial.

Conoce la tabla de transformación de los promedios de notas de enseñanza media (NEM) con la nueva escala de puntajes PAES (de 100 a 1000).

Postergación de Estudios y Retiro Temporal

Solo a partir del segundo año de permanencia en la Universidad, todo alumno regular tendrá derecho a postergar estudios o a retirarse temporalmente de acuerdo a los plazos y a las normas establecidas en el Reglamento de Régimen de Estudios.

Equivalencias Curriculares

Podrán solicitar reconocimiento de equivalencia curricular quienes hayan cursado y aprobado asignaturas o actividades académicas en otras instituciones de educación superior reconocidas oficialmente por el Estado, nacionales o extranjeras; o, en otras carreras o programas de pre y postgrado de la propia Universidad.

Por su parte, en el caso de aquellos alumnos que ingresen a una carrera mediante el procedimiento de ingreso regular, deberán presentar la solicitud de reconocimiento de equivalencia curricular ante la Dirección de Escuela, solo en la fecha contemplada en el calendario académico para estos efectos.

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